FONDO DE APOYO A LA INVERSION PRODUCTIVA – FAII (REINDUS 2022)
QUIEN CONVOCA LA AYUDA
Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
CUAL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORÍA
Financiar empresas, en concreto a sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, constituidas con domicilio social y establecimiento en España, que no formen parte del sector público, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño.
Este fondo se configura como la evolución del programa REINDUS del Ministerio de Industria, adaptándose mejor a los requerimientos de la financiación de la actividad industrial.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas cuyos proyectos se encuadren en alguna de las siguientes actividades:
- Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
- Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla).
- Actividades complementarias a la producción Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial.
- Actividades de envasado y empaquetado a escala industrial encuadradas en la CNAE 82.92, con excepción de las actividades de embalaje de paquetes y la envoltura de regalos.
- Actividades de depósito y almacenamiento a escala industrial incluidas en la CNAE 52.10, a excepción de los servicios de digitalización y almacenamiento de archivos y documentos.
- Actividades de reparación a escala industrial de maquinaria y equipo encuadradas en la división 33 de la sección C de la CNAE, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera, a alguna de las actividades encuadradas en la CNAE 35 o a las actividades de tratamiento de aguas para uso industrial o de desalinización de agua de mar o aguas subterráneas para obtener agua como producto principal, encuadradas en la CNAE 36.
- Actividades de servicios a la industria:
- Diseño industrial
- Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera
- La convocatoria se mantendrá abierta hasta agotar presupuesto.
VA DIRIGIDA
- PYME
- Gran Empresa
SECTOR
Industria
AMBITO GEOGRÁFICO
Nacional
SOLICITAR LA AYUDA
Desde 01/01/2022
Hasta 31/12/2022
TIPO DE FINANCIACION
Préstamos públicos
IMPORTE MÍNIMO Y MÁXIMO
200.000 € Y 60.000.000 €
PORCENTAJE DE FINANCIACIÓN
El importe a conceder será de hasta el 75% sobre el presupuesto financiable del proyecto.
PLAZO DE AMORTIZACION
Un plazo de 10 años, incluido los tres primeros de carencia.
GARANTÍAS
Posibilidad de que soliciten el 10 % del importe financiado financiado.
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN
- El importe que permita cumplir el ámbito temporal de los proyectos financiables.
- El importe que permita cumplir que la financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no exceda del 75 por ciento sobre el total del presupuesto financiable.
- Que el Riesgo Vivo Ajustado con el Fondo, incluido el de la financiación solicitada, sea como máximo de 5 veces los fondos propios acreditables del Solicitante.
- En el caso de empresas que forman parte de un grupo con obligación de consolidar, que el Riesgo Vivo Ajustado con el Fondo, incluida el de la financiación solicitada, que acumule el grupo sea como máximo 5 veces los fondos propios acreditables del grupo consolidado.
- Que el Riesgo Vivo Ajustado con el Fondo por empresa o grupo con obligación de consolidar sea como máximo el 10% del importe acumulado de las dotaciones presupuestarias del Fondo
TIPOS DE INTERÉS
Los tipos de interés para los préstamos concedidos variará según su condición:
- Préstamos Ordinarios: Tipo de interés según empresa y proyecto presentado: Euribor a 12 meses más un diferencial de entre 1,5% y 4,5%, con un mínimo equivalente al diferencial de aplicación.
- Préstamos Participativos: Tipo de interés según empresa y proyecto presentado: compuesto de una parte fija y de una parte variable:
- Parte fija: Euribor a 12 meses más un diferencial fijo de entre 2,5% y 5,5%, con un mínimo equivalente al diferencial de aplicación.
- Parte Variable: Se establece un tramo variable vinculado a parámetros de evolución de la actividad de hasta 2%.
ELEMENTOS A FINANCIAR
Conceptos financiables:
- Activos fijo de carácter material:
- Obra Civil: Inversiones en urbanización y canalizaciones.
- Edificación e Instalaciones: Inversiones para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones.
- Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos directamente vinculados a la producción o al proceso productivo.
- Activos fijos de carácter intangible
- Software específico vinculado al proceso productivo.
- Patentes, licencias, marcas y similares.
- Investigación y desarrollo, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud.
- Gastos
- Gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en dicha partida.
- Gastos de Calificación Crediticia vinculada a la solicitud de financiación.
- Gastos de auditoría de cuentas en el caso de empresas sin obligación de auditoría (durante la vida de la Financiación).
- Gastos de auditoría asociados a la justificación de la inversión en el marco del proyecto financiado.
No serán conceptos financiables:
- Activos fijos de carácter material
- Terrenos
- Equipos no vinculados directamente al proceso productivo, elementos de transporte exterior, mobiliario, utillaje, otros.
- Activos fijos de carácter intangible
- Otro software
- Fondo de comercio, concesiones, otros.
- Gastos
- Necesidades de recursos producidas por los gastos necesarios hasta rentabilizar el proyecto u otras.
- Gastos de ingeniería civil.
- Gastos de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
Tendrán la consideración de gastos financiables tanto partidas que se hayan ejecutado desde 1 de julio de 2020, como las que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la financiación del Fondo FAIIP.
AYUDA ESTA SUJETA A MÍNIMIS
No
DONDE TRAMITARLA
SOLESTINE, Consultora Financiera especializada